La apariencia de la totalidad
o de una parte de un producto, que se derive de las características
de, en particular, las líneas, contornos, colores, forma textura
o materiales del producto en sí o de su ornamentación.
Lo anteriormente expuesto significa la exclusión del campo
de la protección del Diseño Industrial de toda función
técnica y de cualquier resultado industrial, lo que realmente
protegen es la nueva configuración y apariencia.
El Diseño Industrial protege formas tridimensionales y bidimensionales
(los diseños, las líneas o el color). Los diseños
industriales se aplican a una amplia variedad de productos de la
industria y la artesanía: desde instrumentos técnicos
y médicos a relojes, joyas y otros artículos de lujo;
desde electrodomésticos y aparatos eléctricos a vehículos
y estructuras arquitectónicas; desde estampados textiles
a bienes recreativos.
Los diseños industriales hacen que un producto sea atractivo
y atrayente; por consiguiente, aumentan el valor comercial de un
producto, así como su comerciabilidad.
Cuando se protege
un diseño industrial, el titular, (persona o entidad que ha
registrado el diseño) goza del derecho exclusivo contra la
copia no autorizada o la imitación del diseño industrial
por parte de terceros.
Un diseño industrial debe registrarse a fin de estar protegido
por el derecho que rige los diseños industriales. Por norma
general, para poder registrarse, el diseño debe ser "nuevo"
y tener un "carácter singular", es decir no debe
tenerse conocimiento de que haya existido anteriormente un diseño
idéntico o muy similar y la impresión general que produzca
en el usuario informado ha de diferir de la que le produzca otro diseño
anterior. El plazo de protección es de 5 años, renovables
por periodos de 5 años hasta los 25 años.
Por lo general, la protección de los dibujos o modelos industriales
se limita al país que concede la protección. De conformidad
con el Arreglo de La Haya relativo al Depósito Internacional
de Dibujos y Modelos Industriales, existe un procedimiento para
realizar una solicitud internacional. Un solicitante puede presentar
una única solicitud internacional ante la OMPI o la Oficina
nacional de un país que sea parte en el tratado en cuyo caso,
el dibujo o modelo industrial estará protegido en tantos
estados parte del tratado como desee.